miércoles, 23 de septiembre de 2015

EL DECRETO O NO DE LA AUDIENCIA DE ALEGACIONES EN EL TRÁMITE DE APELACIÓN NO ES MOTIVO DE NULIDAD - EL AD QUEM LA DECRETARÁ SI LA ESTIMA NECESARIA Colombia



EL DECRETO O NO DE LA AUDIENCIA DE ALEGACIONES EN EL TRÁMITE DE APELACIÓN NO ES MOTIVO DE NULIDAD - EL AD QUEM LA DECRETARÁ SI LA ESTIMA NECESARIA

Colombia



El decreto de la audiencia de que trata el artículo 360 del Código de Procedimiento Civil durante el trámite de la apelación se condiciona a la solicitud de la parte que sustentó la impugnación o a la decisión del ad quem si lo estima de utilidad, por lo tanto su no decreto no es motivo de nulidad. 


Fuente: Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil, Sentencia SC6823-2015; 01/06/2015)



Fuente:


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL

ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado ponente

SC7220-2015
Radicación n.° 11001-31-03-034-2003-00515-01
(Aprobada en sesión de tres de marzo de 2015)

Bogotá D.C., nueve (9) de junio de dos mil quince (2015).



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