ABSTRACT
"The Court has distinguished between a horizontal precedent and vertical precedent to explain , from the organizational structure of the judiciary, the binding effects of the previous and forcefulness in the assessment required of the fallador in its judgment . In this sense , while the horizontal precedent means that, in principle, a judge or collegiate -individual can not be separated from the precedent set in its own judgments ; vertical precedent implies that judges can not be sundered the precedent set by the judicial authorities with greater powers , particularly by the high courts . "
EL JUEZ NO PUEDE FALLAR DE
MANERA DIFERENTE AL QUE HA DECIDIDO EN SUS PROPIAS SENTENCIAS O LAS PROFERIDAS
POR LAS ALTAS CORTES (PRECEDENTE HORIZONTAL Y VERTICAL) - Colombia
"La
jurisprudencia ha distinguido entre precedente horizontal y precedente vertical
para explicar, a partir de la estructura orgánica del poder judicial, los
efectos vinculantes del precedente y su contundencia en la
valoración que debe realizar el fallador en su sentencia.
En este
sentido, mientras el precedente horizontal supone que, en principio, un juez –individual
o colegiado- no puede separarse del precedente fijado en sus propias sentencias; el precedente vertical implica que los jueces no
se pueden apartar del precedente establecido por las autoridades judiciales con
atribuciones superiores, particularmente por las altas cortes."
"RATIO
DECIDENDI-Efectos vinculantes y
obligatoriedad de un precedente
"Es la ratio decidenci que es la base jurídica directa
de la sentencia, el precedente judicial que, en virtud del derecho a la
igualdad, tiene efectos vinculantes y debe ser aplicado para resolver casos
similares, esto por cuanto ella constituye el conjunto de argumentos jurídicos
que permiten solucionar el problema debatido en el caso y explicar la decisión
adoptada a la luz de los hechos que lo fundamentan. De manera que
la ratio decidendi expresada en el precedente judicial constituye un importante
límite a la autonomía judicial que no puede ser desconocido por los jueces."
PROCEDE LA ACCIÓN DE TUTELA POR VÍA DE HECHO
Corte Constitucional Sentencia T-446 de 2013


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