FOTO-MULTA DEBE SER NOTIFICADA POR CORREO A LOS TRES DÍAS SIGUIENTES
No obstante lo
anterior, las autoridades competentes podrán contratar el servicio de medios
técnicos y tecnológicos que permitan evidenciar la comisión de infracciones o
contravenciones, el vehículo, la fecha, el lugar y la hora. En tal caso se enviará por correo dentro de
los tres (3) días hábiles siguientes la infracción y sus soportes al
propietario, quien estará obligado al pago de la multa. Para el servicio
público además se enviará por correo dentro de este mismo término copia del
comparendo y sus soportes a la empresa a la cual se encuentre vinculado y a la Superintendencia
de Puertos y Transporte para lo de su competencia.”
Fuente:
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
Consejera Ponente: CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRÍGUEZ
Bogotá, D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil trece (2013)
Radicación número: 25000-23-42-000-2013-04329-01
Actor: CARLOS AUGUSTO ROJAS NEIRA.
Referencia: Acción de Tutela.
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
Consejera Ponente: CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRÍGUEZ
Bogotá, D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil trece (2013)
Radicación número: 25000-23-42-000-2013-04329-01
Actor: CARLOS AUGUSTO ROJAS NEIRA.
Referencia: Acción de Tutela.
Impugnación contra la providencia de 06 de agosto de 2013 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección “A”.
RECOMENDACIONES + MODELO DE DERECHO DE PETICIÓN + ACCIÓN DE TUTELA CONTRA FOTO-MULTA QUE NO FUE NOTIFICADA A TRAVÉS DE CORREO + SENTENCIA RECIENTE DEL CONSEJO DE ESTADO
Valor $50.000.