INCREMENTOS PENSIONALES POR CÓNYUGE A CARGO
El incremento pensional debe entenderse como un derecho del pensionado del cual depende su cónyuge para obtener una suma de dinero adicional a la pensión.
VIGENCIA DEL INCREMENTO PENSIONAL
La jurisprudencia nacional ha establecido que los incrementos pensionales se encuentran vigentes, con lo cual se le resta toda eficacia a la argumentación fundamentada en la no inclusión de este derecho dentro de las prerrogativas consagradas para las personas beneficiarias del régimen de transición, quedando fuera de contexto cualquier referencia al artículo 36 de la Ley 100 de 1993, pues ésta no es el sustento para la aplicabilidad de los mismos.
SE PIERDE EL DERECHO AL INCREMENTO PENSIONAL EN FAVOR DEL CÓNYUGE?
Según la jurisprudencia actual, el derecho al incremento pensional , en su concepto abstracto, no pueden prescribir, pero sí se pierde el derecho a reclamar los pagos mensuales que se causen por este concepto y no se reclamen en la oportunidad que establecen las normas procesales respectivas.
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