LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA NO ES COMPETENTE PARA ORDENAR DEVOLUCIÓN DE DINEROS, ES EL JUEZ!
(COLOMBIA)
Es muy común que las personas a las que se les pierde dinero de su cuenta o pretenden de una entidad bancaria una indemnización por los perjuicios que esta le cause, que estos afectados acuden ante la SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA, pero lo que estas personas desconocen es que dicha entidad no esta facultada legalmente para ordenar devoluciones de dinero, ni tampoco el pago de indemnizaciones, razón por la cual a continuación se exponen las funciones de dicha entidad, adivirtiendo de paso que si lo que busca dicho afectado con el obrar bancario es la devolución de dineros extraviados o indemnización por dicho perjuicio, será el Juez el competente para dirimir dicho litigio y no el Superintendente.
Lo anterior no significa otra cosa que, el afectado con la actuación bancaria deberá contratar los servicios de un abogado para que sea este quien demande el pago o devolución de dineros, asi como la indemnización a que aspira el usuario de los servicios financieros o bancarios.
Por lo anteriormente expuesto solo nos resta informarles acerca de cual es la competencia de la SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA en materia de quejas:
ALEXANDER VALENCIA GRAJALES
Abogado Director
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¿Quiénes atienden las Quejas contra las Entidades Vigiladas por la SFC?
La Superintendencia Financiera de Colombia, a través de las Delegaturas Institucionales y de las Delegaturas para Riesgos, son las encargadas de atender y evaluar las quejas que, como cliente o usuario, Usted presente contra alguna de las entidades vigiladas por la SFC.
¿Cuándo acudir ante la SFC?
Cuando crea que la entidad vigilada no le ha prestado adecuadamente un servicio.
Cuando considere que la entidad está desconociendo una norma legal o una instrucción de la propia SFC – entiéndase Circular Externa-, por cuyo cumplimiento la SFC deba velar.
Recuerde que los siguientes asuntos son de competencia de los jueces de la República.
Ordenar el pago de Indemnizaciones
Ordenar la devolución de dineros
Intervenir en el desarrollo de procesos judiciales.
¿Cuándo la SFC NO podrá atender su queja?
Cuando su inconformidad no tiene relación con los productos o servicios que presta la entidad vigilada.
Cuando se trate de algún asunto de tipo civil, laboral o penal.
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