**Preguntas y Respuestas basadas en la Nueva LEY 2300 DE 2023:**
1. **¿Cuál es el objetivo principal de la LEY 2300 DE 2023?**
- Proteger el derecho a la intimidad de los consumidores al establecer regulaciones sobre cómo y cuándo pueden ser contactados por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y otras personas o entidades que realicen gestiones de cobranza.
2. **¿A quiénes aplica esta ley?**
- Aplica a todas las personas naturales y jurídicas que adelanten gestiones de cobranza, ya sea de forma directa, por tercerización o por cesión de la obligación financiera o crediticia.
3. **¿Cómo deben las entidades contactar a los consumidores según esta ley?**
- Solo pueden contactar a los consumidores mediante los canales que estos autoricen previamente.
4. **¿Existe algún límite en la frecuencia con la que se puede contactar a un consumidor?**
- Sí, una vez establecido contacto, el consumidor no puede ser contactado más de una vez al día ni por varios canales en una misma semana.
5. **¿Hay horarios específicos en los que las entidades pueden contactar a los consumidores?**
- Sí, de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m., y sábados de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. Se excluye cualquier contacto los domingos y días festivos.
6. **¿Qué pasa si un consumidor quiere ser contactado fuera de los horarios establecidos?**
- Debe manifestarlo expresamente a través de un instrumento distinto al contrato que rige la relación con la entidad de cobranza.
7. **¿Las entidades pueden contactar a las referencias personales del consumidor para cobranzas?**
- No, en ningún caso pueden contactar a las referencias personales o de otra índole del consumidor.
8. **¿Esta ley también regula el envío de mensajes publicitarios?**
- Sí, se aplican términos similares para el envío de mensajes publicitarios a través de SMS, mensajería por aplicaciones, correos electrónicos y llamadas telefónicas de carácter comercial o publicitario.
9. **¿Está permitido realizar visitas de cobranza al domicilio o lugar de trabajo del consumidor?**
- No, las personas naturales y jurídicas deben abstenerse de realizar visitas de cobranza al domicilio o lugar de trabajo del consumidor, con algunas excepciones.
10. **¿Las entidades pueden preguntar al consumidor el motivo del incumplimiento de la obligación?**
- No, deben abstenerse de consultar al consumidor financiero el motivo del incumplimiento.
11. **¿Existen excepciones a las medidas establecidas en esta ley?**
- Sí, se exceptúan los contactos que informen al consumidor sobre operaciones monetarias, ahorros, cesantías, entre otros, o que generen alertas sobre transacciones sospechosas.
12. **¿Qué entidades sancionarán el incumplimiento de esta ley?**
- La Superintendencia Financiera de Colombia y la Superintendencia de Industria y Comercio serán las encargadas de sancionar el incumplimiento de las medidas de protección establecidas en esta ley.
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