miércoles, 24 de agosto de 2016

EL CONSUMIDOR PIERDE SU DERECHO A RECLAMAR LA GARANTÍA POR NO TENER EN SU PODER LA FACTURA?




EL CONSUMIDOR PIERDE SU DERECHO A RECLAMAR LA GARANTÍA POR NO TENER EN SU PODER LA FACTURA?

 

NO ES CIERTO. Nuestro estudio es conclusivo en que no se puede condicionar el reconocimiento de la garantía de un producto a la presentación de la factura como así lo ha dejado en claro la Superintendencia de Industria y Comercio  con fundamento en la Ley 1480  de 2011 (Estatuto del Consumidor)  artículo 27, el cual establece claramente que “su  presentación no será condición para hacer valer los derechos contenidos en dicha esta ley”.

Ley 1480  de 2011 (Estatuto del Consumidor). Artículo 27. Constancia. El consumidor tiene derecho a exigir a costa del productor o proveedor constancia de toda operación de consumo que realice. La factura o su equivalente, expedida por cualquier medio físico, electrónico o similares podrá hacer las veces de constancia. Su presentación no será condición para hacer valer los derechos contenidos en esta ley.




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