SALA DE CASACIÓN LABORAL
ID: 688252
NÚMERO DE PROCESO: 76171
NÚMERO DE PROVIDENCIA: SL225-2020
CLASE DE ACTUACIÓN: RECURSO DE CASACIÓN
TIPO DE PROVIDENCIA: SENTENCIA
FECHA: 22/01/2020
PONENTE: CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
TEMA: LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES > PROFESIONES LIBERALES > CARACTERÍSTICAS
LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES > CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD > PRESUNCIÓN - Los rasgos distintivos de las profesiones liberales, no las exime de la presunción del artículo 24 del CST, pues no existe razón alguna para imponer una carga probatoria que agudiza y vulnera los derechos laborales de quienes ejercen este tipo de actividades
LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES > CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD > PRESUNCIÓN - La presunción de existencia de contrato de trabajo en profesiones liberales aplica sin distinción en cuanto al sector público o privado, la naturaleza de las funciones y sin exigir requisitos adicionales más que la demostración de la prestación personal del servicio, por tanto, corresponde al contratante desvirtuarla demostrando que el trabajo se realizó de manera autónoma e independiente, propio del esquema civil o comercial
LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES > EXEQUIBILIDAD E INEXEQUIBILIDAD DE LA LEY - Inciso 2 del artículo 2 de la ley 50 de 1990 -inexequibilidad-
LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES > CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD > ANÁLISIS DE PRUEBAS - Ausencia de error de hecho del ad quem al declarar la existencia de un contrato de trabajo entre el actor y la sociedad One Single Firm Ltda y no con el establecimiento de comercio de su propiedad que no tenía personería jurídica, y además, al declarar que no se desvirtuó por la sociedad que la gestión del trabajador como contador fuera autónoma ni independiente en el desarrollo de sus funciones
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA - Los requisitos del recurso de casación no constituyen un culto a la forma, son supuestos esenciales de racionalidad
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > ALCANCE DE LA IMPUGNACIÓN - En el recurso de casación, si no se indica qué se pretende con la sentencia del juzgado, si confirmarla, modificarla o revocarla, es una deficiencia superable si manifiesta que se case la sentencia del ad quem que revocó la de primera instancia -flexibilización-
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > PROPOSICIÓN JURÍDICA - En el recurso de casación es necesario acusar la norma de derecho sustancial de alcance nacional que contenga el derecho reclamado
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > VÍA DIRECTA - En el recurso de casación la inclusión de aspectos fácticos es ajena a la senda de la vía directa
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD > LEGITIMACIÓN PARA RECURRIR - La Corte no puede estudiar temas que no fueron objeto de pronunciamiento del ad quem por no haber sido planteados en el recurso de apelación; la controversia en sede de casación debe estar en consonancia con la planteada en la alzada
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > MODALIDADES DE VIOLACIÓN DE LA LEY > APLICACIÓN INDEBIDA - En el recurso de casación cuando se señala de manera inapropiada la modalidad de violación y el ataque se dirige por la vía indirecta, se puede entender que corresponde a aplicación indebida -flexibilización-
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > ALCANCE DE LA IMPUGNACIÓN - Interpretación del querer del recurrente en el recurso de casación -flexibilización-
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > ALCANCE DE LA IMPUGNACIÓN - El recurso de casación no es idóneo para plantear y corregir irregularidades procesales que debieron subsanarse en las instancias mediante la interposición de los recursos pertinentes
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > MODALIDADES DE VIOLACIÓN DE LA LEY > VIOLACIÓN DE MEDIO - En el recurso de casación la inconformidad respecto a la solicitud, producción, aducción, validez y decreto de pruebas debe orientarse por la vía directa
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > VÍA INDIRECTA - En el recurso de casación la acusación formulada por la vía indirecta no tiene la virtualidad de derruir las reflexiones jurídicas del juez
FUENTE FORMAL: Código Sustantivo del Trabajo art. 24 /Código de Comercio art. 32 inc. 2 / Código de Comercio art. 515
NOTA DE RELATORÍA: Esta providencia es relevante en: LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES > CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD > PRESUNCIÓN – Los rasgos distintivos de las profesiones liberales, no las exime de la presunción del artículo 24 del CST, pues no existe razón alguna para imponer una carga probatoria que agudiza y vulnera los derechos laborales de quienes ejercen este tipo de actividades // La presunción de existencia de contrato de trabajo en profesiones liberales aplica sin distinción en cuanto al sector público o privado, la naturaleza de las funciones y sin exigir requisitos adicionales más que la demostración de la prestación personal del servicio, por tanto, corresponde al contratante desvirtuarla demostrando que el trabajo se realizó de manera autónoma e independiente, propio del esquema civil o comercial.
ID: 688252
NÚMERO DE PROCESO: 76171
NÚMERO DE PROVIDENCIA: SL225-2020
CLASE DE ACTUACIÓN: RECURSO DE CASACIÓN
TIPO DE PROVIDENCIA: SENTENCIA
FECHA: 22/01/2020
PONENTE: CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
TEMA: LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES > PROFESIONES LIBERALES > CARACTERÍSTICAS
LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES > CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD > PRESUNCIÓN - Los rasgos distintivos de las profesiones liberales, no las exime de la presunción del artículo 24 del CST, pues no existe razón alguna para imponer una carga probatoria que agudiza y vulnera los derechos laborales de quienes ejercen este tipo de actividades
LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES > CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD > PRESUNCIÓN - La presunción de existencia de contrato de trabajo en profesiones liberales aplica sin distinción en cuanto al sector público o privado, la naturaleza de las funciones y sin exigir requisitos adicionales más que la demostración de la prestación personal del servicio, por tanto, corresponde al contratante desvirtuarla demostrando que el trabajo se realizó de manera autónoma e independiente, propio del esquema civil o comercial
LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES > EXEQUIBILIDAD E INEXEQUIBILIDAD DE LA LEY - Inciso 2 del artículo 2 de la ley 50 de 1990 -inexequibilidad-
LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES > CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD > ANÁLISIS DE PRUEBAS - Ausencia de error de hecho del ad quem al declarar la existencia de un contrato de trabajo entre el actor y la sociedad One Single Firm Ltda y no con el establecimiento de comercio de su propiedad que no tenía personería jurídica, y además, al declarar que no se desvirtuó por la sociedad que la gestión del trabajador como contador fuera autónoma ni independiente en el desarrollo de sus funciones
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA - Los requisitos del recurso de casación no constituyen un culto a la forma, son supuestos esenciales de racionalidad
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > ALCANCE DE LA IMPUGNACIÓN - En el recurso de casación, si no se indica qué se pretende con la sentencia del juzgado, si confirmarla, modificarla o revocarla, es una deficiencia superable si manifiesta que se case la sentencia del ad quem que revocó la de primera instancia -flexibilización-
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > PROPOSICIÓN JURÍDICA - En el recurso de casación es necesario acusar la norma de derecho sustancial de alcance nacional que contenga el derecho reclamado
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > VÍA DIRECTA - En el recurso de casación la inclusión de aspectos fácticos es ajena a la senda de la vía directa
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD > LEGITIMACIÓN PARA RECURRIR - La Corte no puede estudiar temas que no fueron objeto de pronunciamiento del ad quem por no haber sido planteados en el recurso de apelación; la controversia en sede de casación debe estar en consonancia con la planteada en la alzada
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > MODALIDADES DE VIOLACIÓN DE LA LEY > APLICACIÓN INDEBIDA - En el recurso de casación cuando se señala de manera inapropiada la modalidad de violación y el ataque se dirige por la vía indirecta, se puede entender que corresponde a aplicación indebida -flexibilización-
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > ALCANCE DE LA IMPUGNACIÓN - Interpretación del querer del recurrente en el recurso de casación -flexibilización-
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > ALCANCE DE LA IMPUGNACIÓN - El recurso de casación no es idóneo para plantear y corregir irregularidades procesales que debieron subsanarse en las instancias mediante la interposición de los recursos pertinentes
RECURSO DE CASACIÓN > REQUISITOS DE LA DEMANDA > MODALIDADES DE VIOLACIÓN DE LA LEY > VIOLACIÓN DE MEDIO - En el recurso de casación la inconformidad respecto a la solicitud, producción, aducción, validez y decreto de pruebas debe orientarse por la vía directa
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FUENTE FORMAL: Código Sustantivo del Trabajo art. 24 /Código de Comercio art. 32 inc. 2 / Código de Comercio art. 515
NOTA DE RELATORÍA: Esta providencia es relevante en: LABORAL INDIVIDUAL DE TRABAJADORES PARTICULARES > CONTRATO DE TRABAJO, CONTRATO REALIDAD > PRESUNCIÓN – Los rasgos distintivos de las profesiones liberales, no las exime de la presunción del artículo 24 del CST, pues no existe razón alguna para imponer una carga probatoria que agudiza y vulnera los derechos laborales de quienes ejercen este tipo de actividades // La presunción de existencia de contrato de trabajo en profesiones liberales aplica sin distinción en cuanto al sector público o privado, la naturaleza de las funciones y sin exigir requisitos adicionales más que la demostración de la prestación personal del servicio, por tanto, corresponde al contratante desvirtuarla demostrando que el trabajo se realizó de manera autónoma e independiente, propio del esquema civil o comercial.

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