¿Puede el trabajador por la emergencia de coronavirus retirar sus
cesantías? Marzo 26/2020
Sí. Pero no todo el dinero de las cesantías
De acuerdo al Comunicado del 25
de Marzo de 2020 de Mintrabajo, el trabajador podrá hacer retiro de sus
cesantías de los fondos privados, hasta por un monto que le permita compensar
la reducción de sus ingresos mensuales.
¿Cuál es el procedimiento para el retiro de
las cesantías? Abril 1/2020
La Circular Externa 013 de marzo
de 2020 de la Superfinanciera estableció el procedimiento para la solicitud y retiro de
cesantías de acuerdo al Decreto 488 del 27 de marzo de 2020 con ocasión del Decreto 417 de 2020 que
decreta el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica así:
Medios virtuales Abril 1/2020
La solicitud y entrega de cesantías se hará
mediante canales digitales y/o remotos, tales como páginas web, call
center, audiorespuesta, aplicaciones móviles (apps), entre otros.
Podrá incluirse, entre otras medidas, el
establecimiento de turnos y horarios para atención personal a puerta cerrada, o
el giro de recursos a través de corresponsales no bancarios, de acuerdo con lo
que defina la AFPC. (Administradoras
de fondos de pensiones y cesantías).
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Certificación del empleador Abril
1/2020
Se requiere certificación expedida
por el empleador de que trata el artículo 3 del Decreto 488 de 2020. Esta
certificación puede ser remitida por el trabajador a través de mensajes de
datos, o en general cualquier medio electrónico o digital de acuerdo con los
mecanismos que defina la respectiva AFPC (Administradoras de fondos de
pensiones y cesantías).
Contenido
de la certificación Abril 1/2020
1. Nombre o
razón social del empleador junto con el tipo y número de identificación
2. Nombre y
apellidos del trabajador junto con el tipo y número de identificación
3. Datos
de contacto del empleador
4. Salario
devengado por el trabajador a 1 de marzo de 2020
5. El monto
de la disminución del ingreso mensual del trabajador.
Tiempo de
vigencia de la certificación Abril 1/2020
La certificación emitida por el empleador
será válida para todas las solicitudes mensuales de retiro parcial de cesantías
autorizado por el artículo 3 del Decreto 488 de 2020, sin perjuicio de la
posibilidad de que sea actualizada por el afiliado ante cambios en sus
circunstancias.
¿Se puede girar a
otra persona? Abril 1/2020
No. La Circular Externa 013 de marzo
de 2020 de la Superfinanciera en el numeral cuarto establece que: “En ningún caso se podrán girar los recursos
correspondientes a retiros parciales de cesantías a una persona diferente del
titular de la cuenta de cesantías.”.
¿Hasta
cuánto puedo retirar? Abril 1/2020
Se debe tener en
cuenta dos factores:
1. Un monto que no exceda de la disminución
del ingreso mensual certificado.
El pago por retiro parcial de cesantías se abonará de forma mensual por
el monto solicitado por el afiliado, siempre que no exceda el valor de
la disminución del ingreso mensual certificado por el empleador. Circular Externa 013 de marzo
de 2020 de la Superfinanciera en el numeral quinto.
2.
Saldo de la cuenta de ahorro de cesantías
El pago por retiro parcial de cesantías en todo caso estará limitado al
saldo disponible en la cuenta de ahorro de cesantías. Circular Externa 013 de marzo
de 2020 de la Superfinanciera en el numeral quinto.
¿Cuál es el tiempo para que el empleador notifique al trabajador su
decisión de otorgar vacaciones anticipadas por la emergencia sanitaria? Marzo
26/2020
Con 1 día de
anticipación el empleador puede notificar al trabajador el disfrute de vacaciones
anticipadas, colectivas o acumuladas. Así mismo el trabajador podrá solicitar
vacaciones con 1 día de anticipación. Comunicado
del 25 de marzo de 2020 de Mintrabajo.
Recordemos que el código sustantivo
del trabajo establece que el empleador tiene que dar a conocer la fecha en que
concederá las vacaciones con quince (15) días de anticipación.
NOTA.
La medida es solo para fondos
privados
El retiro de cesantías puede durar
por todo el tiempo que dure la emergencia en Colombia
Si se queda sin empleo, puede retirar
el total de las cesantías


