Cuando un juez conoce una demanda laboral en la cual declara la existencia de un contrato, los derechos que puede declarar son los siguientes:
Salarios adeudados, las cesantías, sus intereses y la sanción por su no pago oportuno, las vacaciones, las primas legales y extralegales, el alquiler de vehículo, la indemnización por despido; la moratoria por no pago de salarios y prestaciones sociales, la sanción por no consignación de cesantías, los aportes a la seguridad social integral, la indexación e intereses moratorios. (CSJ SL457-2019).
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