miércoles, 21 de septiembre de 2016

PUEDE UN ABOGADO REVISAR UN PROCESO DEL CUAL NO ES APODERADO? #Colombia #Derecho #Abogados






Es cierto. Los abogados inscritos que no tengan la calidad de apoderados de las partes, podrán examinar el expediente, eso sí, siempre y cuando se haya notificado ya a la parte demandada.

Adicionalmente el abogado no apoderado debe tener en cuenta que, mientras se halle pendiente alguna notificación que deba hacerse personalmente a una parte o a su apoderado, sólo podrá examinar el expediente después de surtida la respectiva notificación.


Esta posibilidad de revisión de expedientes para abogados no apoderados, se encuentra formalmente consagrada en el artículo 123 Nral 2º del Código General del Proceso.




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