LA PRETENSIÓN DE INDEMNIZACIÓN MORATORIA Y LA INDEXACIÓN PROCEDEN CONJUNTAMENTE (DEMANDA LABORAL)
Colombia
El ordenamiento jurídico laboral ofrece diferentes alternativas para evitar que el incumplimiento del empleador irrogue perjuicios desproporcionados al trabajador.
En primer término, establece la indemnización moratoria y los intereses supletorios para todos aquellos ingresos relacionados con la retribución por el trabajo o con la cobertura de los riesgos inherentes al empleo, ello a través de la amplia fórmula prevista en el artículo 65 CST, que extiende esa obligación para los “salarios y prestaciones en dinero”.
Además, procede conjuntamente la indexación, en tanto mecanismo objetivo de corrección monetaria, que en cualquier caso también se aplica cuando se eximiere al empleador de la indemnización con base en la acreditación de su buena fe. Ello con el fin de impedir que el trabajador vea afectado su patrimonio en razón de la mora del empleador.
Corte Constitucional, Sentencia C-892/09
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