Si usted tiene un caso como el que a continuación se expone, no dude en consultar con nuestros litigantes en:
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Los errores en que incurran los despachos judiciales con relación al cómputo de los términos para la interposición de los recursos, configuran un error judicial que "no puede ser corregido a costa de afectar el ejercicio del derecho defensa de las partes que depositan su confianza legítima en la actuación de las autoridades judiciales."
Respecto
de los errores cometidos por los secretarios de los despachos judiciales o por
los mismos jueces en el curso de un proceso, la Corte Constitucional ha
consolidado una línea jurisprudencial según la cual los errores en que incurran
los despachos judiciales con relación al cómputo de los términos para la
interposición de los recursos, configuran un error judicial que "no puede
ser corregido a costa de afectar el ejercicio del derecho defensa de las partes
que depositan su confianza legítima en la actuación de las autoridades
judiciales.". De este modo, si bien los operadores judiciales están
llamados a corregir sus propios errores, la rectificación de los mismos no
puede transgredir la confianza legítima que los sujetos procesales han
depositado en las autoridades públicas (artículo 83 C.N.) y menos implicar el
sacrificio de sus derechos fundamentales de defensa y contradicción (artículo
29 C.N.).
Con
fundamento en lo expuesto, en el caso concreto, la Corte advirtió que la
decisión de la Sala de Decisión Civil del Tribunal Superior de Bogotá, mediante
la cual éste pretende corregir la irregularidad cometida por el juez de primera
instancia al computar el término que tenían los demandados para excepcionar,
vulnera los derechos constitucionales fundamentales a la defensa y
contradicción de la parte demandada dentro del proceso ejecutivo y transgrede
los principios de buena fe y confianza legítima al cual deben ceñirse las
autoridades públicas.
PUBLICACIÓN ELABORADA POR NUESTROS LITIGANTES:
Alexander Valencia Grajales
(Abogado Especialista Derecho Procesal y comercial)
Director de Litigio
Director Área Civil, Laboral y Comercial, Casación - "Valencia Grajales Abogados"
Juan Pablo Valencia Grajales
(Abogado Especialista Responsabilidad, Seguros y Conciliador en Derecho)
Director Area Responsabilidad, Seguros, Administrativo, Cobros, Conciliación - "Valencia Grajales Abogados"
Jose Fernando Valencia Grajales
(Abogado, Politólogo, Especialista Derechos humanos, Penal)
Director Área Penal, Seguridad social, Arrendamientos, Casación - "Valencia Grajales Abogados"
Diego Valencia Grajales
(Abogado Especialista Derecho Administrativo)
Director Asuntos con el Estado
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“ABOGADOS EXITOSOS” a través de su firma de abogados “VALENCIA GRAJALES ABOGADOS” presta los siguientes servicios:
Embargos, Derechos de Autor - Marcas - patentes - Competencia desleal, Exequatur (validación sentencias extranjeras) Insolvencias, Responsabilidad civil y del estado, Responsabilidad contractual y laboral - Seguros - Indemnizaciones, Comercial y Sociedades, Arrendamientos, Derecho de Familia - Uniones de hecho - divorcios - sucesiones, Cobros, Venta de minutas de contratos y demandas de casación. Conciliaciones, Asumimos sustituciones en audiencias judiciales - principalmente para quienes se encuentran fuera de Medellín
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