/* ----- VIDEO RESPONSIVE ----- */ .video-responsive { position: relative; padding-bottom: 56.25%; /* 16:9 */ padding-top: 30px; height: 0; overflow: hidden; } .video-responsive iframe, .video-responsive object, .video-responsive embed { position: absolute; top: 0; left: 0; width: 100%; height: 100%; }

miércoles, 8 de agosto de 2012

LO QUE VALE PARA EL JUEZ EN UN CONTRATO NO ES SU TITULO, SINO SU CONTENIDO – (Colombia)







LO QUE VALE PARA EL JUEZ EN UN CONTRATO NO ES SU TITULO, SINO SU CONTENIDO – (Colombia)




En Colombia se tiende a pensar por aquello de la jurisprudencia callejera, que cuando se suscribe un contrato, este se rige por el nombre o titulo que en la  parte superior se establece, como cuando por ejemplo se titula al documento “contrato de arrendamiento”, “contrato de edición”, contrato de compraventa”, “contrato de servicios”.

La realidad es que el juez de conocimiento por disposición legal, debe hayar el querer de las partes plasmado en el documento (contrato) mediante cláusulas o artículos. Asi las cosas puede que un documento que sea titulado “contrato de arrendamiento” pretenda en realidad una compraventa o viceversa.  


APLICACIÓN NORMATIVA DEL CONTRATO

De igual manera también se tiende a creer que el contrato se  regirá por las normas comerciales o civiles que allí se establezcan. Lo cierto aquí es que de acuerdo al querer de las partes la regulación que regirá cada contrato dependerá del querer de las partes.


ESCRITURA PUBLICA SOLO PARA ALGUNOS CONTRATOS

En Colombia la regla general es la “consensualidad” es decir que para que exista un contrato basta el acuerdo verbal el cual se podrá probar a través de testigos, documentos, fotografías, videos, correos electrónicos y todos aquellos medios no prohibidos por la ley.

La regla excepcional contractual exige que el contrato conste en un documento especial como lo es la escritura pública, como por ejemplo en el caso de la compraventa de bienes inmuebles. Cuando se requiera de escritura publica la ley lo establecera de manera expresa; sino lo expresare así, es porque bastará la consensualidad (acuerdo entre las partes) o la suscripción de cualquier documento que consagre la voluntad de las partes contratantes.


AUTENTICACIÓN PARA MAYOR VALIDEZ DE LOS DOCUMENTOS

Nada más falso que pensar que porque una firma lleva presentación personal en notaría es más valida que un documento que tan solo contiene la firma y la huella o la simple firma. La razón es que la ley le otorga a la simple firma la presunción de autenticidad.

Así que no se dejen engañar cuando le digan que no es valido su contrato por razón de que su firma no tenga autenticación en notaría (presentación personal).


PROHIBIDO EL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA EN LOS CONTRATOS

El contrato esta dotado de un principio de bilateralidad en el cual ambos resultan favorecidos, si usted advierte que el otro contratante se enriquece a expensas suyas y por el contrario usted se ha empobrecido por cuenta de dicha contratación, la ley le otorga la posibilidad de demandar para obtener el equilibrio contractual.

Ejemplo: cuando se exige el pago de algo a lo que no se esta obligado.

Para que exista enriquecimiento sin causa en los contratos deben confluir los siguientes elementos:

1. Es necesario que en uno de los contratantes haya habido enriquecimiento con la contratación.
2. Un empobrecimiento correlativo para uno de los contratantes en la contratación.
3. Es preciso que dicho enriquecimiento haya sido injusto o sin causa.
4. Es preciso que el enriquecimiento no haya tenido ningún otro medio para obtener satisfacción.
5. La acción de enriquecimiento sin causa, no puede jamar ejercitarse contra una disposición legal.


LOS CONTRATOS SE PUEDEN REALIZAR MEDIANTE PODER

Un contrato se puede celebrar a través de otra persona mediante apoderamiento; es así como una persona con un poder especial o general (escritura publica), puede negociar en representación de la otra. Ejemplo: cuando una persona compra un bien inmueble con poder. Normalmente este poder conlleva la facultad de negociar el valor del bien y firmar la escritura publica que formaliza la compraventa.





"ABOGADOS EXITOSOS" es una comunidad fundada por la firma de abogados litigantes "VALENCIA GRAJALES ABOGADOS" (Más de 15 años de experiencia).

“ABOGADOS EXITOSOS RADIO” Ahora puedes seguir nuestros tips de actualidad a través de nuestro audio, solo haz clic en el siguiente enlace: http://abogadosexitosos.com/home/


“ABOGADOS EXITOSOS”  a través de su firma de abogados “VALENCIA GRAJALES ABOGADOS” presta los siguientes servicios:

1.      Recuperación, conservación y protección de patrimonios (para empresas y personas naturales).

2.      Asumimos casos en todas las áreas del derecho.

3.      Asumimos diligencias o audiencias en juzgados o administrativas (para quienes residen fuera de Medellín).

SABIAS QUE? en nuestra firma de abogados los honorarios por los casos que asumimos se fijan de acuerdo a la capacidad económica de cada cliente!






💬