Quienes están legitimados legalmente para demandar el reclamo de la herencia del fallecido ante el juez son los siguientes:
1. El albacea,
2. Los herederos presuntos testamentarios o abintestato,
3. El cónyuge sobreviviente, el compañero o compañera permanente
4. Los legatarios,
5. Los socios de comercio,
6. Los fideicomisarios y
7. Todo acreedor hereditario que presente el título de su crédito.
Es de recordar que la demanda ante juez o notario, requiere de abogado.
Igualmente se recuerda que ante el notario solo podrán presentarse las demandas de sucesión en la que todos los herederos se encuentren de común acuerdo, de lo contrario le corresponderá al juez.
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Lugares
Nuestro servicio de demandas y contestaciones los prestamos en los siguientes lugares:
Medellín, Bogotá, Andes, Jardín, La Ceja, La Estrella, Barbosa, Bello, Marinilla, Rionegro, Caldas, Copacabana, Sabaneta, Don Matías, Santa Rosa, El Carmen de Viboral, Entrerríos, San Pedro de Los Milagros, Envigado, Girardota, Guarne, Guatapé, Itagüí, Santa Rosa de Osos, Venecia, Fredonia, La Pintada, Titiribí, Sopetrán, El retiro.
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