Si usted es una de las personas que sin tener suficiente conocimiento acerca de los pros y los contras en el traslado de regimen pensional, usted puede tener derecho a demandar para la declaración de ineficacia de éste cambio y continuar en el que se encontraba antes.
La Corte ha sido clara en advertir que una inoportuna o insuficiente asesoría sobre los
efectos del traslado es indicativa de que la decisión no estuvo precedida de
información suficiente, y menos de real consentimiento -la información suficiente
comprende no solo los beneficios del régimen al que se pretende el traslado, sino
el proyecto del monto de la pensión en cada régimen-
Para este tipo de asuntos, se repite, tales asertos no comprenden solo los
beneficios que dispense el régimen al que pretende trasladarse, que puede ser
cualquiera de los dos (prima media con prestación definida o ahorro individual
con solidaridad), sino además el monto de la pensión que en cada uno de ellos se
proyecte, la diferencia en el pago de los aportes que allí se realizarían, las
implicaciones y la conveniencia o no de la eventual decisión y obviamente la
declaración de aceptación de esa situación.
Para la declaración de ineficacia se requiere demanda judicial para que mediante sentencia se ordene el regreso al anterior régimen pensional.
Lecturas recomendadas:
Servicio Sustitución Abogados para audiencias o diligencias judiciales en Medellín y Valle de Aburrá
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