Una pareja de colombianos a través de su abogado solicitaron en Colombia, la homologación de una sentencia proferida por el Juez de la Corte Superior de Nueva Jersey, Tribunal – Parte familiar, Condado de Hudson, Estados Unidos de Norteamérica, sentencia que decretó el divorcio por mutuo acuerdo del matrimonio celebrado en Colombia; durante el matrimonio no procrearon hijos ni adquirieron bienes para la sociedad conyugal.
La Corte Suprema de Justicia de Colombia mediante sentencia del 27 de abril de 2016 concedió el exequátur a la sentencia de divorcio extranjera, al encontrar acreditada la reciprocidad legislativa entre el estado de Nueva Jersey de los Estados Unidos de Norteamérica y Colombia para el reconocimiento de sentencias de divorcio, así como la ejecutoria de la sentencia y en general, los requisitos de ley.

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