LA HISTORIA
Una pareja compuesta por una colombiana y un italiano, contrajeron matrimonio católico en Colombia, posteriormente se fueron a vivir a Italia, procrearon un hijo en común; con el correr del tiempo, dicha pareja permaneció más de tres años bajo el régimen de separación de cuerpos y bienes sin presentarse reconciliación; posteriormente a solicitud de parte, el Tribunal de Bolonia - Italia, decretó el divorcio de dicha pareja.
La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, mediante sentencia del 26 de agosto de 2016, concedió el exequátur a la sentencia de divorcio italiana, al encontrar acreditada la reciprocidad legislativa entre Colombia y la República de Italia para el reconocimiento de sentencias de divorcio, así como la ejecutoria de la sentencia.

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