domingo, 13 de marzo de 2016

EL DESPIDO QUE RECAE SOBRE UN TRABAJADOR EN TALES CONDICIONES DE VULNERABILIDAD A RAZÓN DEL ESTADO DE GRAVIDEZ, FUERO SINDICAL O DE AQUELLOS QUE SUFREN LIMITACIONES O PÉRDIDAS DE LA CAPACIDAD LABORAL, HACE RECAER SOBRE EL EMPLEADOR UNA PRESUNCIÓN DE DESPIDO SIN JUSTA CAUSA



Mano, Hombre, Flick, Flick Apagado


El empleador debe probar que la razón del despido no tiene ninguna conexión con la situación de debilidad manifiesta en que se encuentra el trabajador



"El despido que recae sobre un trabajador en tales condiciones de vulnerabilidad a razón del estado de gravidez, fuero sindical o de aquellos que sufren limitaciones o pérdidas de la capacidad laboral, hace recaer sobre el empleador una presunción de despido sin justa causa que revierte la carga de la prueba y obliga al empleador a demostrar la existencia de argumentos objetivos y razonables que evidencien la necesidad de la ruptura de la relación laboral, es decir el empleador debe acreditar la ausencia de conexidad entre la condición del sujeto y la terminación del contrato de trabajo. La jurisprudencia constitucional ha presumido que cuando un empleador despida sin justa causa y sin permiso del Ministerio de la Protección Social a un trabajador en condiciones de debilidad manifiesta, el motivo del despido fue tal situación. Dicha presunción revierte la carga de la prueba y obliga al empleador a justificar la causa de la desvinculación en una razón objetiva diferente al vencimiento del plazo y la situación de debilidad." 


Fuente:

Corte Constitucional, Sentencia T-225/12


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