
El empleador debe probar que la razón del despido no tiene ninguna conexión con la situación de debilidad manifiesta en que se encuentra el trabajador
"El
despido que recae sobre un trabajador en tales condiciones de vulnerabilidad a
razón del estado de gravidez, fuero sindical o de aquellos que sufren limitaciones o pérdidas de
la capacidad laboral, hace recaer sobre el empleador una presunción de
despido sin justa causa que revierte la carga de la prueba y obliga al
empleador a demostrar la existencia de argumentos objetivos y razonables que
evidencien la necesidad de la ruptura de la relación laboral, es decir el
empleador debe acreditar la ausencia de conexidad entre la condición del sujeto
y la terminación del contrato de trabajo. La jurisprudencia constitucional ha presumido que cuando un empleador
despida sin justa causa y sin permiso del Ministerio de la Protección Social
a un trabajador en condiciones de debilidad manifiesta, el motivo del despido
fue tal situación. Dicha
presunción revierte la carga de la prueba y obliga al empleador a
justificar la causa de la desvinculación en una razón objetiva diferente al
vencimiento del plazo y la situación de debilidad."
Fuente:
Corte Constitucional, Sentencia T-225/12