miércoles, 12 de noviembre de 2014






DEROGATORIA DE NORMAS SOBRE
PROCESOS ORDINARIOS Y ABREVIADOS. La
modificación introducida por la ley 1395 de 2010, al
artículo 396 del C. de P.C., en el sentido de que se
ventilará y decidirá en proceso verbal todo asunto
contencioso que no esté sometido a un trámite
especial, comenzó a regir a partir del 1º de enero de
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SALA CIVIL
 Magistrado ponente:
Doctor GERMÁN VALENZUELA VALBUENA
DEROGATORIA DE NORMAS SOBRE PROCESOS ORDINARIOS Y 
ABREVIADOS. La modificación introducida por la ley 1395 de 2010, al artículo 396 
del C. de P.C., en el sentido de que se ventilará y decidirá en proceso verbal todo 
asunto contencioso que no esté sometido a un trámite especial, comenzó a regir a partir 
del 1º de enero de 2014.
Síntesis de la Primera Instancia
Por auto del 12 de noviembre de 2013 el a quo rechazó la demanda, por 
considerar que no fue subsanada en debida forma, pues no se acompaño copia de la 
subsanación para el traslado a la parte demandada y el archivo del Juzgado.
Providencia de Segunda Instancia.
Revoca el auto apelado, y en su lugar resuelve admitir la demanda y que la
actuación se surta por el proceso verbal.
Análisis Temático
Vigencia de la modificación introducida al artículo 396 del C. de P.C. Precisa la 
decisión que a la demanda se le impartirá el trámite del proceso verbal y no el ordinario, 
en consideración a que de acuerdo con el parágrafo del artículo 44 de la Ley 1395 de 
2010, a partir del 1º de enero de 2014 comenzó a regir la modificación introducida al 
artículo 396 del C. de P.C., ya que el plazo máximo concedido por el legislador al 
Consejo Superior de la Judicatura para que dispusieran los recursos físicos necesarios 
para la implementación de dicha ley, fue de tres años, contados desde el 1º de enero de 
2011. Es así como el juez debe impartirle a la demanda el trámite que legalmente le 
corresponde (art. 86 cpc). 


fuente. 

Tribunal Superior de Bogotá
Proceso 110013103 02720130069901
Piedad Patricia Suárez Castillo contra Luis Fernando Ochoa Gutiérrez
Auto de fecha 7 de febrero de 2014

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