lunes, 18 de septiembre de 2023

🛑 ¡Defiende tus Derechos ante un Despido Injusto! 🛑 NO TODA FALTA JUSTIFICA UN DESPIDO


 ### 🛑 ¡Defiende tus Derechos ante un Despido Injusto! 🛑


En el mundo laboral, cada trabajador debe estar consciente de sus derechos y cómo protegerlos, especialmente en situaciones de despido injusto. Aquí te presentamos los puntos clave que debes conocer si te encuentras en esta situación.


#### **📜 DESPIDO INJUSTO**


Según los artículos 58 y 60 del CST, no cualquier falta cometida por el empleado da derecho al empleador para terminar el contrato laboral. Solo aquellas faltas graves que alteren significativamente la relación laboral, el ambiente de trabajo, el buen funcionamiento de la empresa o la prestación del servicio en los términos acordados, pueden ser consideradas como justa causa para el despido.


#### **💼 FACTORES SALARIALES**


Es fundamental que sepas que cualquier pago que recibas como resultado de tu labor debe considerarse como parte de tu salario, incluso si se acordó de otra manera. Esto incluye bonificaciones anuales, mensuales y por cumplimiento de metas.


#### **⚖️ SANCIÓN ART. 99 LEY 50 DE 1990**


Debes estar al tanto de los plazos legales para reclamar tus derechos. Si no se presenta una demanda judicial dentro de los 24 meses siguientes a la terminación del contrato, perderás el derecho a la indemnización moratoria, pero aún podrás reclamar los intereses moratorios desde la fecha de terminación del contrato.


#### **🏛️ CASO  **


En un caso reciente contra la sociedad R  S.A., se presentó una demanda laboral ordinaria solicitando, entre otras cosas, el reconocimiento de varios pagos como factor salarial y el reajuste de las cesantías, intereses a las cesantías, primas de servicios y aportes al sistema de seguridad social.


#### **👩‍⚖️ TESIS JURÍDICA**


La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia de Colombia ha establecido que el trabajador debe demostrar el hecho del despido, mientras que el empleador debe probar la justa causa del mismo. Además, se reitera que no cualquier desatención a las obligaciones y prohibiciones establecidas habilita al empleador para terminar el contrato, sino solo aquellas de gravedad significativa.


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