martes, 21 de junio de 2022

¿Qué puedo hacer si salgo sin documentos del vehículo y en la vía me requiere un agente de tránsito?

Abogado Tránsito



¿Qué puedo hacer si salgo sin documentos del vehículo y en la vía me requiere un agente de tránsito?

En evento de conducir un vehículo sin portar los documentos que permitan realizar tal actividad, de ser requerido por un agente de tránsito es preciso referirse a la retención preventiva de automotores contenida en el Manual de Infracciones a las normas de tránsito, adoptado por la Resolución 3027 del 26 de julio de 2010 proferida por el Ministerio de Transporte “Por la cual se actualiza la codificación de las infracciones de tránsito, 

De conformidad con lo establecido en la Ley 1383 de 2010, se adopta el Manual de Infracciones y se dictan otras disposiciones”, señalando en el artículo 3º que:

"la autoridad de tránsito podrá en forma preventiva inmovilizar un vehículo sin llevarlo a patios oficiales cuando se presente la comisión de una infracción que de acuerdo a lo previsto en la Ley 769 de 2002 el vehículo no pueda transitar, hasta tanto se subsane la causa que dio origen a la inmovilización y por un término máximo de 60 minutos, y de no efectuarse la corrección durante este término, será trasladado el vehículo a los parqueaderos autorizados. 

El Capítulo 7 del Título 3 del  citado Manual de infracciones, hace referencia a las infracciones que estarían previstas para la pluricitada retención preventiva de vehículos.

Al respecto,  si bien es cierto el vehículo estaría retenido preventivamente hasta tanto se subsane la causa que dio origen a la inmovilización y por un término máximo de 60 minutos, esto no es óbice para que la autoridad de tránsito decida imponer el respectivo comparendo, toda vez que la conducta infractora ya fue consumada.


NUESTRAS RECOMENDACIONES DEL CASO:

Cómo rara vez se nos queda el celular, y hoy por hoy todos los documentos se pueden acreditar de manera física o digital, pues es el dispositivo que más usamos, le recomendamos, eso sí, no olvidando mantener cargados su plan de datos, los siguientes:


1- Solicite una cédula digital. 

Es posible hoy en Colombia, identificarse con una cédula digital, la cual puede solicitar su expedición siguiendo las instrucciones en este enlace!



2- Licencia de conducción y de tránsito en RUNT

En Colombia ya no Es necesario portar en físico la licencia de conducción y la licencia de tránsito del vehículo"
👉ver comunicado de Mintransporte en el siguiente enlace!
Mediante la Circular No 20221010000601 del 3 de enero de 2022, el Ministerio de Transporte estableció que se entenderá cumplida la obligación de portar la licencia de tránsito del vehículo y la licencia de conducción, cuando la persona presente al agente de tránsito el documento en físico, o presente el mensaje de datos derivado de la consulta en línea y en tiempo real en el Registro Nacional Único de Tránsito – Runt.

De esa manera, se permite que en los controles en vía y retenes que realicen los agentes de tránsito, los ciudadanos puedan también presentar la información reportada en el Runt para cumplir con su obligación legal.

Se entenderá cumplida la obligación de portar la licencia de tránsito del vehículo y la licencia de conducción, cuando la persona presente al agente de tránsito el documento en físico, o presente el mensaje de datos derivado de la consulta en línea y en tiempo real en el Registro Nacional Único de Tránsito – RUNT. Ver concepto aquí!

Es el conductor quien en la legislación vigente coloca en cabeza del conductor del vehículo la obligación de portar los documentos, así como de presentar los documentos en caso de un procedimiento de control en vía. Ver concepto aquí! 

3 - El SOAT también se puede presentar en digital

A partir del 01 de Enero de 2019 la póliza SOAT cuenta con un formato único electrónico, el cual es expedido con la firma electrónica de la aseguradora y con el código QR que contiene la información cifrada del vehículo y de la póliza SOAT  la cual es generada con los datos del vehículo registrados en el RUNT (Registro Único Nacional de Transito).  

La póliza SOAT vigente se debe portar siempre, ya sea de manera electrónica o impresa, de no ser así dará lugar a una multa de 30 SMDLV y a la inmovilización del vehículo automotor.  

Verificación de la autenticidad de la póliza SOAT
  
A través de la página web del RUNT con la placa del vehículo y el número de identificación del propietario, esto 24 horas después de la compra de la póliza. 
 
Descargando la aplicación móvil gratuita SOAT Virtual a través de las tiendas de aplicaciones de IOS y Android y escaneando el código QR de la póliza electrónica. 

Solo se requiere conexión a Internet para descargarla y renovar la aplicación al menos una vez cada mes.

En www.misoatvirtual.com.co Se deben seguir algunos pasos para leer el código QR y comprobar que los datos encriptados sean los que corresponden a la póliza.  


4- La certificación Técnico mecánica

Desde diciembre de 2019 el certificado de revisión técnico mecánica será digital y con código seguro de verificación.

Los conductores de vehículos automotores en el país podrán portar el certificado de revisión técnico mecánico en su celular y no será necesario cargar con el documento físico. 

Lo anterior, gracias a la expedición del Decreto Ley Antitrámites.


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