TELETRABAJO
(Modalidad que opera como
contrato de trabajo)
Requieres un abogado en laboral o casación laboral en Medellín o Bogotá?
114. QUÉ ES EL TELETRABAJO?
El Teletrabajo es una forma de
organización laboral, que se da en el marco de un contrato de trabajo o de una
relación laboral dependiente, que consiste en el desempeño de actividades
remuneradas, utilizando como soporte las tecnologías de la información y la
comunicación –TIC- para el contacto entre el trabajador y empleador sin
requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de
trabajo.
114.1. QUIÉN ES TELETRABAJADOR?
Es la persona que utiliza las
tecnologías de la información y comunicación como medio o fin para realizar su
actividad laboral fuera del local del empleador, en el marco de un contrato de
trabajo o de una relación laboral dependiente, en la cual le sean garantizados
todos sus derechos laborales.
114.2. TIENEN LOS MISMOS DERECHOS LOS TELETRABAJADORES A LOS TRABAJADORES
QUE SE ENCUENTRAN EN LAS INSTALACIONES DEL EMPLEADOR?
Para garantizar la igualdad
laboral de los teletrabajadores frente a los demás trabajadores del sector
privado y público así, como sus condiciones laborales especiales que regirán
las relaciones entre empleadores y teletrabajadores.
La norma establece obligaciones
y responsabilidades entre las partes, y también crea incentivos para aquellas
empresas que generen nuevas puestos a través del Teletrabajo, sobre todo para
la población en condición de discapacidad, desplazamiento forzoso, aislamiento
geográfico, mujeres cabeza de hogar, población en reclusión y personas cuya
vida esté amenazada.
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114.5. CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES POR PARTE DEL EMPLEADOR?
El empleador tiene las
siguientes obligaciones respecto del teletrabajador:
· De la seguridad del teletrabajador conforme a la
legislación vigente.
· Incorporar mediante resolución o en el reglamento
interno de trabajo, las condiciones especiales para que opere el teletrabajo en
el organismo o entidad y en la organización.
· Está obligado a suministrar a los teletrabajadores
equipos de trabajo seguros y medios de protección adecuados en la tarea a
realizar y deberá garantizar que los trabajadores reciban una formación e
información adecuadas sobre los riesgos derivados de la utilización de los
equipos informáticos y su prevención.
· Incluir al teletrabajador dentro del programa de
salud ocupacional y permitirle la participación en las actividades del comité
paritario de salud ocupacional.
· Informar y dar una copia al teletrabajador de la
política de la empresa en materia de salud y seguridad en el trabajo.
114.6. QUÉ NORMATIVIDAD RIGE LOS CONTRATOS DE TELETRABAJO?
El contrato o vinculación
que se genere en esta forma de organización laboral de teletrabajo debe cumplir con los
requisitos establecidos en el artículo 39 del Código Sustantivo del Trabajo y de la
Seguridad Social para los trabajadores particulares y en las disposiciones vigentes que rigen las
relaciones con los servidores públicos, y con las garantías a que se refiere el artículo
6° de la Ley 1221 de 2008.
114.7. CUÁLES SON LOS ASPECTOS CLAVES QUE DEBE ESPECIFICAR CUALQUIER
CONTRATO DE TELETRABAJO?
Los aspectos claves que deben
especificar esta clase de contratos son:
* Las condiciones de servicio,
los medios tecnológicos y de ambiente requeridos y la forma de ejecutar el
mismo en condiciones de tiempo y si es posible de espacio.
* Determinar los días y los
horarios en que el teletrabajador realizará sus actividades para efectos de
delimitar la responsabilidad en caso de accidente de trabajo y evitar el
desconocimiento de la jornada máxima legal.
*Definir las responsabilidades
en cuanto a la custodia de los elementos de trabajo y fijar
el procedimiento de la entrega por parte del teletrabajador al momento de
finalizar la modalidad de teletrabajo.
*Las medidas de seguridad
informática que debe conocer y cumplir el teletrabajador.
114.8. CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES POR PARTE DEL TELETRABAJADOR?
· Participar en las actividades de prevención y
promoción organizadas por la empresa, el Comité Paritario de Salud Ocupacional,
o el Vigía Ocupacional correspondiente.
· Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones
del programa de salud ocupacional de la empresa.
· Utilizar los elementos de protección personal y
participar en los programas y actividades de promoción y prevención.
114.9. CÓMO FUNCIONA EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS
TELETRABAJADORES EN EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS?
Los teletrabajadores deben estar
afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral. El pago de los aportes se
debe efectuar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes
–PILA-. Los teletrabajadores en relación de dependencia, durante la vigencia de
la relación laboral, deben ser afiliados por parte del empleador al Sistema de
Seguridad Social, Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales, de conformidad con
las disposiciones contenidas en la Ley 100 de 1993 y las normas que la
modifiquen, adicionen o sustituyan o las disposiciones que regulen los
regímenes especiales, así como, a las Cajas de Compensación Familiar en los
términos y condiciones de la normatividad que regula dicha materia.
114.10. QUE NORMATIVIDAD RIGE LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Y
DEL TELETRABAJADOR EN MATERIA DE RIESGOS PROFESIONALES?
Las obligaciones del
empleador y del teletrabajador en seguridad y previsión de riesgos
profesionales son las definidas por la normatividad vigente. En todo caso, el
empleador deberá incorporar en el reglamento interno del trabajo o mediante resolución, las
condiciones especiales para que opere el teletrabajo en la empresa privada o
entidad pública.
114.13. TIENE DERECHO EL TELETRABAJADOR A HORAS EXTRAS, AUXILIOS DE TRANSPORTE, DOMINICALES Y FESTIVOS?
Cuando las actividades laborales
no demanden gastos de movilidad al teletrabajador, no habrá lugar al auxilio de
transporte.
Cuando el teletrabajo sea
ejecutado donde sea verificable el tiempo laborado y el teletrabajador a
petición del empleador se mantiene más de lo previsto en el artículo 161 del
Código Sustantivo del Trabajo y de la Seguridad Social o en el Decreto Ley 1042
de 1978, para los servidores públicos, el pago de horas extras, dominicales y
festivos se le dará el mismo tratamiento de cualquier otro empleado.
114.14. QUÉ ASPECTOS DEBE INCLUIR EL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE UNA
EMPRESA PRIVADA CON RELACIÓN A LAS OBLIGACIONES DEL TELETRABAJADOR?
El empleador debe incluir en el
reglamento interno de trabajo, lo relacionado con el adecuado uso de equipos,
programas y manejo de la información, con el fin de permitir y facilitar la
implementación del teletrabajo como una forma de organización laboral.
Además deberá informar al
teletrabajador sobre las restricciones de uso de equipos y programas
informáticos, la legislación vigente en materia de protección de datos personales, propiedad intelectual,
seguridad de la información y en general las sanciones que puede acarrear por su incumplimiento.

Lugares
Llevamos casos en los siguientes lugares:
Medellín, Bogotá, Andes, Jardín, La Ceja, La Estrella, Barbosa, Bello, Marinilla, Rionegro, Caldas, Copacabana, Sabaneta, Don Matías, Santa Rosa, El Carmen de Viboral, Entrerríos, San Pedro de Los Milagros, Envigado, Girardota, Guarne, Guatapé, Itagüí, Santa Rosa de Osos, Venecia, Fredonia, La Pintada, Titiribí, Sopetrán, El retiro.