martes, 27 de agosto de 2019

Qué deudas entran en una sucesión? títulos ejecutivos? otras? se requiere acuerdo?


¿Puede incluirse en el inventario una obligación o deuda que no conste en título ejecutivo?

Si. Siempre y cuando los interesados lo admitan expresamente.


Cuando el inventario no es presentado de común acuerdo por los extremos litigiosos, la inclusión de activos y pasivos que no constan en títulos ejecutivos, depende de que la otra parte o de que los demás interesados sucesorales los admitan expresamente. (Corte Suprema de Justicia decisión de tutela STC20898-2017).


Examinados dichos preceptos a la luz de los procesos liquidatorios, se colige que cuando el inventario de bienes y deudas no es presentado de común acuerdo por los extremos litigiosos, sino sólo por uno de ellos, la inclusión tanto de activos como de pasivos que no consten en títulos ejecutivos, depende de que la otra parte, o los restantes interesados en los juicios sucesorales, los admitan expresamente». (Corte Suprema de Justicia decisión de tutela STC20898-2017).


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