martes, 13 de agosto de 2019

¿Qué debe hacer el juez si las partes en la sucesión o sociedad conyugal o de compañeros están de acuerdo en cuanto a bienes, valor y pasivos?


¿Qué debe hacer el juez si las partes en la sucesión o sociedad conyugal o de compañeros están de acuerdo en cuanto a bienes, valor y pasivos?

El punto de partida para la definición de esos tópicos, es el consenso de las partes. Si ellas están de acuerdo en la identificación de los bienes y su valor, así como en las obligaciones sociales y su cuantía, a esa voluntad manifiesta debe atenerse el juez cognoscente del correspondiente asunto. (Tribunal Superior de Bogotá decisión de tutela STC20898-2017).

En la regla 501 (CGP) se estipula: “[e]l inventario será elaborado de común acuerdo por los interesados por escrito en el que indicarán los valores que asignen a los bienes, caso en el cual será aprobado por el juez”. (Tribunal Superior de Bogotá decisión de tutela STC20898-2017).


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