Con cuál salario se debe remunerar la licencia de
maternidad?
Se debe remunerar con el salario
que devengue al momento de iniciar su licencia. (Art. 236 nral 1º CST).
Si el salario no fue fijo, se
tomará en cuenta el salario promedio devengado por la trabajadora en el último
año de servicio, o en todo el tiempo si fuere menor. (Art. 236 nral 2º CST).
