La Corte Constitucional de
Colombia en sentencia de Tutela T-583 DE 2017 admitió como prueba de despido
injusto algunas capturas de pantalla de WhatsApp allegadas por la accionada, que para la Corte
demostraron inequívocamente que el empleador de la accionante tuvo conocimiento
del estado de embarazo de la trabajadora al menos para el día 24 de octubre de
2016, es decir, un día antes de entregar la carta de terminación del vínculo
laboral, concluyendo que, “aún si se
admitiera hipotéticamente que el motivo del despido fue la inasistencia
injustificada de la peticionaria, la demandada tenía el deber legal de acudir
al Ministerio del Trabajo para que se autorizara su desvinculación. Así, al
haberse omitido dicho procedimiento, se debe aplicar la presunción prevista en
el artículo 239 del CST”.
El aprendizaje de ésta sentencia
Como parece indicar dicha Sentencia de Tutela, si se va a
probar mediante capturas de imágenes de WhatsApp éstas deben estar completas y
deben ser concluyentes!
Fuente de investigación:
Corte Constitucional de Colombia, Sentencia T-583 de 2017
Magistrada Ponente:
GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO