miércoles, 2 de julio de 2014

AHORA LA SALUD ES UN DERECHO FUNDAMENTAL (Colombia)



Bogotá D.C. junio de 2014 (Prensa Senado).- La Corte Constitucional declaró la semana pasada exequible el proyecto de Ley Estatutaria No 209 de 2013 Senado y No 267 de 2013 Cámara, que declara a la salud como derecho fundamental de los colombianos y que se constituye en uno de los principales logros del Congreso de la República.

Con el aval de la Corte Constitucional, que declaró exequible la Ley Estatutaria aprobada por el Congreso en 2013, se sientan las bases conceptuales para cualquier modificación al sistema, que deberá salvaguardar la salud como un derecho fundamental y no como un servicio público.

La Ley Estatutaria aprobada por el Congreso responde a las necesidades millones de colombianos y a las peticiones de diferentes sectores sociales, que exigían un marco legal que garantizará el derecho fundamental a la salud.

La Corte declaró que la Ley se ajusta a la Constitución tras escuchar los argumentos de la ponencia favorable presentada por el magistrado Gabriel Eduardo Mendoza. El alto tribunal sumó algunos condicionamientos.

En su argumentación la Corte Constitucional determinó que "los derechos económicos y sociales no se pueden anteponer al de la salud, así que el Gobierno no puede excusarse en que no tiene dinero para atender a quienes requieran atención prioritaria".

La Corte Constitucional también determinó que "los trámites administrativos no pueden estar a cargo de los usuarios ni limitar el acceso a medicamentos o servicios, menos aún cuando se trate de situaciones de apremio".

En otro de los puntos clave la Corte Constitucional ratificó el uso de la tutela como el mecanismo para exigir el derecho a la salud y se avaló la creación de un organismo de control para las entidades prestadoras de salud (EPS). Según el tribunal, este nuevo organismo acabará con el llamado "paseo de la muerte" pues garantizaría la atención de los pacientes así no estén afiliados o tengan alguna deuda.

De igual forma la Corte determinó que la regulación de precios debe mantenerse en toda la cadena, para evitar que la salud pública sea un negocio perdiendo la esencia de derecho fundamental.

La Ley estatutaria también incluye un capítulo que se refiere al "respeto a la dignidad de los profesionales y trabajadores de la salud" y que establece que dichas personas tendrán unas condiciones laborales "justas y dignas, con estabilidad y facilidades para incrementar sus conocimientos".

El proyecto de Ley Estatutaria avalada por la Corte Constitucional pasa a sanción presidencial. Su reglamentación está pendiente de una ley ordinaria, que se encuentra actualmente en trámite en la Cámara de Representantes.

Los ponentes de esta trascendental ley fueron los senadores Karime Mota (coordinadora ponente), Juan Manuel Corzo, Luis Fernando Velasco, Hemel Hurtado, Jorge Eduardo Londoño y Luis Carlos Avellaneda. La Cámara de Representantes designó a Adriana Franco y Gustavo Puentes (coordinadores), Carlos Augusto Rojas, Rubén Darío Rodríguez, Roosvelt Rodríguez, Alfredo De Luque, Jorge Enrique Roso, Alfonso Prada y Fernando De La Peña.
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