ABSTRACT
"Diplomatic reciprocity - Colombia and Venezuela are subscribers of the American Convention on extraterritorial validity of foreign judgments and arbitral awards held in Montevideo Uruguay".
PROCEDE DEMANDA DE EXEQUATUR PARA VALIDAR SENTENCIA DE DIVORCIO DE COLOMBIANOS PROFERIDA EN CARABOBO – VENEZUELA – SI HAY RECIPROCIDAD DIPLOMÁTICA CON COLOMBIA.
Caso:
Pretenden los solicitantes –ambos nacidos en Colombia- se homologue el fallo proferido por el Juzgado juzgado civil, mercantil y agrario de Valencia, estado de Carabobo, Venezuela, mediante el cual se decretó el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, presentada de común acuerdo por los cónyuges.
RECIPROCIDAD DIPLOMÁTICA - Colombia y Venezuela son suscriptores de la Convención interamericana sobre eficacia extraterritorial de sentencias y laudos arbitrales extranjeros celebrada en Montevideo Uruguay.
EXEQUÁTUR - sentencia de divorcio de común acuerdo
proferida por el juzgado civil, mercantil y agrario de Valencia, estado de
Carabobo, Venezuela /
DIVORCIO - por ruptura prolongada de la vida en
común como causal para solicitar la homologación de sentencia extranjera /
Fuente Formal:
Arts. 260, 694 y 695 C. de P.C.
Art. 6º Ley 25 de 1992.
Art. 154 numeral 8º C. C.
Convención interamericana sobre eficacia extraterritorial de sentencias y laudos arbitrales extranjeros
Fuente Jurisprudencial:
Sentencia de exequátur de 3 de abril de 2013. Expediente 2008 02060 00.
Sentencia de exequátur de 18 de septiembre de 2007. Expediente 2003 00061 02.
Sentencia de exequátur de 04 de mayo de 2012. Expediente 2009 02100 00.
Arts. 260, 694 y 695 C. de P.C.
Art. 6º Ley 25 de 1992.
Art. 154 numeral 8º C. C.
Convención interamericana sobre eficacia extraterritorial de sentencias y laudos arbitrales extranjeros
Fuente Jurisprudencial:
Sentencia de exequátur de 3 de abril de 2013. Expediente 2008 02060 00.
Sentencia de exequátur de 18 de septiembre de 2007. Expediente 2003 00061 02.
Sentencia de exequátur de 04 de mayo de 2012. Expediente 2009 02100 00.
M. PONENTE
|
:
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ARTURO
SOLARTE RODRÍGUEZ
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NÚMERO DE PROCESO
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:
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11001-0203-000-2009-01971-00
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PROCEDENCIA
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:
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Venezuela
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CLASE DE ACTUACIÓN
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:
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EXEQUÁTUR
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TIPO DE PROVIDENCIA
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:
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SENTENCIA
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FECHA
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:
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23/08/2013
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DECISIÓN
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:
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CONCEDE
EXEQUÁTUR
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Nota. El Exequatur no es una simple solicitud, es todo lo contrario, se trata de un verdadero proceso que inicia con una demanda y termina con una sentencia y por falta de conocimientos específicos, el 80 por ciento de los procesos presentados se pierden.
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