viernes, 15 de noviembre de 2019

CONTRATO A MINEROS

A man with his hands covered with mud

El contrato de un obrero de una mina es un contrato laboral y tiene derecho a liquidación de prestaciones sociales

Si requieres un abogado especialista en laboral en Medellín o Bogotá para un caso similar ponte en contacto ahora a través de nuestro chat o al teléfono 3502960171 - 3155057749 o Correo: valenciagrajalesabogados@gmail.com 
 


Existen muchos trabajadores del sector minero que se encuentran laborando en minas realizando labores de explotación en dichas instalaciones, por lo que la pregunta que estos se hacen a diario es; 

¿si cumplo con una jornada de trabajo de más de 8 diarias algunos hasta 12 horas y otros permanecen meses en estos campamentos internos, además recibo un pago por dicha labor cada quince días, estoy dentro de un contrato de trabajo? y la respuesta es Sí.

Pero más allá de una simple afirmación, el trabajador de la mina debe examinar si cumple con algunos supuestos que la legislación laboral exige para la declaración judicial de existencia del contrato de trabajo  a través de demanda y en consecuencia el derecho al pago de prestaciones sociales  y estas preguntas a resolver son las siguientes:

1. Labora en un horario de trabajo, cuál es su jornada?
2. Recibe una remuneración periódica por ejemplo cada 10, 15 o 30 días?
3. Cual es el valor de dicha remuneración?
4. Recibe órdenes constantes de sus superiores?
5. De quien recibe órdenes?
6. Labora dentro de la mina?
7. Le descuentan de su salario por concepto de seguridad social?
8. Cotiza como independiente?
9. Le pusieron a firmar contrato de servicios?
10. Le dan la comida? transporte? otros?
11. Que grado de escolaridad tiene? es ingeniero?
12. La labor que usted desempeña es ocasional o es propia de la actividad minera?
13. Qué pruebas tiene? documentales, colillas de pago, testigos...

Dependiendo como resuelva usted las preguntas anteriores, sabrá usted si se encuentra bajo un contrato de trabajo verbal, bastándole en principio el que usted en un juicio pueda acreditar previa demanda que, tiene un horario de trabajo, que nadie presta el servicio por usted, que recibe ordenes permanentes, si usted puede acreditar estos elementos básicos ya tendrá una demanda por presentar con unos argumentos básicos en principio sólidos.

Si usted es trabajador de mina bajo los supuestos descritos, usted tiene derecho a demandar para el pago de sus prestaciones sociales e indemnizaciones por despido sin justa causa si lo despidieron, además de tener derecho al reclamo por los aportes de pensión sino fue afiliado al sistema de seguridad social en pensiones, así mismo podrá demandar a través de abogado el pago de indemnizaciones por accidentes o lesiones adquiridas en desarrollo de su labor.

Si este este es su caso, póngase ahora mismo en contacto con nosotros a través del teléfono 3502960171  o 3155057749 o mediante correo electrónico; valenciagrajalesabogados@gmail.com estamos en Medellín, Bogotá y municipios cercanos.

Para dichos trabajadores trabajamos a cuota litis, es decir por porcentaje de resultados, es decir que si se gana la demanda o se logra un acuerdo con el empleador, se cobra un porcentaje por honorarios de abogado, pero si se pierde, no tiene que pagarle nada al abogado.


Llevamos casos laborales en los siguientes lugares:

Medellín, Bogotá, Andes, Jardín, La Ceja, La Estrella, Barbosa, Bello, Marinilla, Rionegro, Caldas, Copacabana, Sabaneta, Don Matías, Santa Rosa, El Carmen de Viboral, Entrerríos, San Pedro de Los Milagros, Envigado, Girardota, Guarne, Guatapé, Itagüí‎, Santa Rosa de Osos, Venecia, Fredonia, La Pintada, Titiribí, Sopetrán, El retiro.
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