RENDICION PROVOCADA DE CUENTAS
1 Este proceso tiene como objeto que
se rinda cuentas por ejemplo: de un
administrador o gerente a un socio, en el evento en que este demandado no
presente las cuentas en el término
ni se defienda en el proceso, el
juez dicta el auto con el valor a deber y esté presta merito ejecutivo, es
decir que se pueden embargar bienes de quien no rindió las cuentas.
