viernes, 24 de octubre de 2025

Estados Unidos incluye a Gustavo Petro en la OFAC: Qué es y Consecuencias

 

Certificado de Gustavo Petro en la OFAC - Lista Clinton
Confirmación de las sanciones de OFAC contra Gustavo Petro

El Departamento del Tesoro de EE. UU., a través de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), incluyó oficialmente al presidente de Colombia, Gustavo Petro, en la lista de sancionados el 24 de octubre de 2025, junto con su esposa Verónica Alcocer, su hijo Nicolás Petro y un estrecho aliado (Armando Benedetti)[1]. Esta acción se enmarca en sanciones antinarcóticos dispuestas por la administración de Estados Unidos, las cuales congelan cualquier acceso de estas personas a bienes en EE. UU. y bloquean su capacidad de realizar transacciones con entidades estadounidenses[2]. En otras palabras, Petro y sus allegados fueron designados como nacionales especialmente designados en la llamada Lista OFAC (conocida informalmente en Colombia como Lista Clinton), lo que marca un hecho sin precedentes diplomáticos entre Colombia y EE. UU.[3] al sancionarse a un presidente en ejercicio.

¿Qué es la lista OFAC o “Lista Clinton”?

La Lista Clinton es el nombre informal para la lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN) que administra la OFAC del Departamento del Tesoro de EE. UU.[4]. Fue creada en 1995 bajo el gobierno de Bill Clinton con el propósito inicial de golpear financieramente a los carteles de la droga latinoamericanos, bloqueando sus bienes y sus actividades económicas[5]. Con el tiempo, la lista se ha ampliado para incluir también a políticos, empresarios u organizaciones de cualquier parte del mundo que representen una amenaza significativa para la seguridad o economía de EE. UU.[6]. Las razones para ser incluido en la lista siempre están vinculadas a actividades ilícitas o riesgosas para los intereses estadounidenses[7]. Entre las causas más comunes se encuentran: narcotráfico, lavado de activos, apoyo al terrorismo o a regímenes sancionados, corrupción, violaciones graves de derechos humanos, desvío de fondos públicos, así como participación en redes de tráfico de armas, personas o contrabando[7]. En el caso de Gustavo Petro, la OFAC justificó su inclusión alegando “falta de acción frente al narcotráfico” y el aumento récord de la producción de cocaína durante su gobierno[8], en el marco de la política estadounidense de no tolerar que drogas ilícitas inunden su territorio. Cabe señalar que la inclusión en esta lista no es arbitraria ni instantánea, sino que suele derivar de investigaciones de inteligencia financiera y decisiones legales bajo leyes estadounidenses específicas (como órdenes ejecutivas) para sancionar a quienes se considera incursos en esas conductas.

Consecuencias económicas y financieras de estar en la lista OFAC

Congelamiento de activos financieros. Estar en la lista OFAC conlleva inmediatas sanciones económicas y comerciales de aplicación inmediata[9]. En términos prácticos, todos los bienes, cuentas bancarias y activos que la persona sancionada tenga bajo jurisdicción de EE. UU. quedan bloqueados o congelados[10][11]. Por ejemplo, cualquier cuenta bancaria o inversión en dólares a nombre de Gustavo Petro o de los otros designados en territorio estadounidense, o en bancos que operen en EE. UU., es congelada. Asimismo, se prohíbe a cualquier ciudadano, empresa o institución financiera estadounidense realizar transacciones con los sancionados[12]. Esto implica que no pueden recibir fondos ni pagos de personas o empresas de EE. UU., ni enviar dinero a través del sistema financiero estadounidense. En la práctica, redes globales de pago como Visa, Mastercard o PayPal, al ser compañías de EE. UU., deben bloquear las tarjetas o cuentas asociadas a individuos sancionados, impidiéndoles usar tarjetas de crédito o débito en la mayoría de países. Del mismo modo, cualquier negocio internacional que requiera transferencias en dólares estadounidenses quedaría vetado para quienes están en la lista, pues las transacciones en USD pasan por bancos corresponsales en EE. UU. y serían detenidas automáticamente.

Otro efecto es que empresas o entidades donde el sancionado tenga participación mayoritaria (50% o más) también quedan bloqueadas por extensión[13]. Por ejemplo, si una persona en la lista OFAC es dueña mayoritaria de una compañía, dicha compañía entra en la lista de bloqueos: sus cuentas pueden congelarse y nadie en EE. UU. puede hacer negocios con ella. Aunque en este caso Petro es un funcionario público (no un empresario con compañías propias), el principio aplica para sus familiares designados: cualquier empresa donde su esposa, su hijo o Benedetti posean más del 50% de las acciones también estaría automáticamente bloqueada[13]. Además, personas o bancos extranjeros que intenten ayudar a los sancionados a evadir estas restricciones pueden exponerse a sanciones secundarias: es decir, la OFAC podría también penalizarlos, perdiendo su acceso al sistema financiero de EE. UU.[14]. Esto provoca un aislamiento financiero global: incluso bancos o socios de terceros países suelen rehuir cualquier vínculo con alguien en la Lista Clinton, por temor a represalias o pérdida de acceso a EE. UU.

En síntesis, las consecuencias financieras son devastadoras para la vida económica de los sancionados. No pueden abrir ni usar cuentas en la mayoría de bancos internacionales, pierden acceso a créditos, inversiones o seguros con componente estadounidense, no pueden usar servicios bancarios básicos (pagar con tarjeta, hacer giros internacionales, etc.), y sus activos quedan inmovilizados si están al alcance de la red de cumplimiento de sanciones de EE. UU.[12]. Estas medidas buscan aislar económicamente a la persona, impidiendo que obtenga beneficios financieros y presionándola a cambiar de comportamiento.

Impacto legal, migratorio y restricciones de viaje

Más allá del ámbito financiero, estar en la lista OFAC conlleva repercusiones legales y migratorias significativas. En cuanto a visados y viajes, las personas incluidas en este listado ven canceladas cualquier visa vigente para ingresar a Estados Unidos y no pueden obtener nuevas mientras permanezcan sancionadas[15]. De hecho, tras la designación en la Lista Clinton, Gustavo Petro no podría viajar a EE. UU. ni siquiera como turista o por asuntos personales, ya que su visa estadounidense quedaría revocada y prohibida su expedición[15]. En el caso particular de Petro, su visa ya había sido revocada previamente por el Departamento de Estado debido a incidentes diplomáticos pasados, pero la sanción OFAC ratifica y fortalece esa prohibición de entrada. Incluso si un sancionado tiene doble nacionalidad que le permitiría en teoría entrar a EE. UU. bajo el programa de exención de visa (ESTA), la inclusión en la lista Clinton anula esa posibilidad – es decir, los sistemas de inmigración lo rechazarán al estar en la lista negra[16].

Adicionalmente, surgen trabas para viajar o hacer tránsito por países aliados de EE. UU.: si bien la sanción de OFAC es una medida de EE. UU., en la práctica muchos otros países pueden negar visas o entradas a individuos sancionados por solidaridad política o por tener acuerdos de cooperación (por ejemplo, la Unión Europea en ocasiones sincroniza sanciones similares). Por otro lado, en foros multilaterales surge una salvedad: si un jefe de Estado sancionado debe asistir a la sede de la ONU en Nueva York u otro evento oficial internacional en EE. UU., el Departamento de Estado puede otorgar un permiso especial y limitado de entrada, coordinado con el Tesoro, para permitir esa visita sin violar las sanciones[17]. Este permiso se restringe a compromisos oficiales (por ejemplo, la Asamblea General de Naciones Unidas) y no permite actividades fuera del marco diplomático establecido. Cabe destacar que Estados Unidos, como país anfitrión de la ONU, tiene la obligación de no impedir la participación de representantes de países miembros; sin embargo, puede delimitar estrictamente los movimientos del dignatario sancionado durante su estadía.

En términos legales, es importante entender que la sanción OFAC no equivale a un proceso penal contra el sancionado (no lo declara culpable de un delito en un tribunal), pero violar las sanciones sí constituye una infracción grave de la ley estadounidense. Es decir, si Petro (o cualquiera en la lista) intenta realizar transacciones prohibidas a través de terceros o mecanismos encubiertos, o si un ciudadano/empresa estadounidense deliberadamente negocia con ellos, podrían enfrentarse a severas multas e incluso cargos criminales en EE. UU.[18]. Las sanciones OFAC se aplican bajo un régimen de responsabilidad objetiva, lo que significa que un infractor puede ser penalizado incluso si alega desconocer que estaba tratando con un sancionado[19]. Por ello, la inclusión en la lista genera un aislamiento personal: la persona pasa a ser, en efecto, “intocable” comercialmente, y cualquier asociación con ella es legalmente riesgosa.

Consecuencias diplomáticas y políticas

Las implicaciones diplomáticas de la inclusión de un presidente en ejercicio en la lista OFAC son profundas. En primer lugar, se produce un daño reputacional enorme: a nivel internacional, estar en la “Lista Clinton” es ser señalado como cómplice de actividades ilícitas graves (narcotráfico, terrorismo, corrupción, etc.), lo cual afecta la credibilidad y el prestigio del sancionado[20]. En el caso de un mandatario, esta mancha alcanza también al país que representa, generando tensiones en la relación bilateral. De hecho, la sanción a Petro ha marcado “un hito diplomático” en la relación Colombia-Estados Unidos[21], desencadenando la peor crisis bilateral en décadas: es previsible un enfriamiento o suspensión de la cooperación en ciertas áreas, llamados a consultas de embajadores, y una atmósfera de confrontación política abierta.

Asimismo, otros gobiernos podrían replantear sus tratos con Colombia mientras Petro esté en el poder, dado que Estados Unidos podría presionar para aislarlo. Es posible que Colombia enfrente dificultades adicionales para acceder a ayuda financiera internacional o inversiones de empresas extranjeras, no porque el Estado colombiano esté sancionado (no lo está), sino por precaución de contrapartes que teman el entorno sancionatorio. Por ejemplo, si el gobierno colombiano buscara contraer deuda en los mercados internacionales, los bancos colocadores (muchos con presencia en EE. UU.) podrían exigir cláusulas especiales o elevar el costo del préstamo por el riesgo reputacional de que el jefe de Estado esté sancionado. No obstante, técnicamente la sanción se impone a Petro como individuo, no al Estado colombiano; las obligaciones soberanas de Colombia seguirían siendo válidas y exigibles. En otras palabras, los negocios con el gobierno de Colombia no están prohibidos para terceros, siempre que no involucren proveer beneficios económicos directos a Petro u a los otros individuos designados. Aun así, la línea puede ser difusa en ciertos casos, y muchas entidades preferirán ser extremadamente cautelosas.

También existe la posibilidad de aislamiento en foros internacionales: un presidente sancionado pierde autoridad moral y podría ser objeto de protestas o boicots diplomáticos en su contra. Por ejemplo, delegaciones de algunos países podrían evitar fotografías o reuniones con él en cumbres, o grupos regionales podrían emitir comunicados de preocupación. La imagen país sufre, pues tener a un presidente en la “lista negra” es percibido como síntoma de problemas graves (narco-política, corrupción) en ese gobierno. Internamente, esto puede ser explotado por opositores políticos del sancionado para debilitar su posición, mientras que sus seguidores podrían cerrar filas denunciando una injerencia extranjera. En suma, la sanción no solo castiga económicamente, sino que aísla diplomáticamente y erosiona el capital político del afectado a nivel global[20].

Respecto a si existe un trato diferente por tratarse de un presidente, en esencia las restricciones legales de la OFAC se aplican igual que a cualquier individuo: el congelamiento de bienes y la prohibición de transacciones no distinguen cargo o jerarquía. La principal diferencia radica en las implicaciones políticas (mucho mayores al ser un jefe de Estado) y en la necesidad de excepciones puntuales para permitir ciertas interacciones diplomáticas inevitables (como las visitas a la ONU mencionadas)[17]. Pero desde el punto de vista de EE. UU., sancionar a un presidente extranjero no concede inmunidad especial: Nicolás Maduro, por ejemplo, fue sancionado en 2017 pese a ser mandatario en ejercicio, y desde entonces ha estado sujeto a las mismas incapacidades financieras y de visado que cualquier otro sancionado[22]. Es una medida que Washington se reserva solo para casos extremos, debido a sus repercusiones, pero una vez tomada, el presidente sancionado es tratado como “persona no grata” en el sistema financiero y legal de EE. UU., al igual que cualquier narcotraficante o terrorista en la lista.

Proceso para salir de la lista OFAC y duración de la sanción

La inclusión en la lista OFAC no es necesariamente permanente, pero lograr la remoción es un proceso complejo, largo y poco frecuente[23][24]. El propio Departamento del Tesoro enfatiza que el objetivo final de las sanciones no es castigar indefinidamente, sino incentivar un “cambio positivo de comportamiento”[25]. Por ello, existe un mecanismo para solicitar ser retirado de la lista, conocido como petición de reconsideración (delisting petition).

Para poder salir, el afectado debe presentar ante OFAC una solicitud formal de exclusión, aportando pruebas contundentes de que ya no participa en las actividades ilícitas que motivaron la sanción o evidencias de que hubo un error de identificación[26]. Esta petición es evaluada por las autoridades estadounidenses y puede involucrar múltiples agencias. En la práctica, el proceso suele implicar demostrar, por ejemplo, que se han roto vínculos con redes criminales, que se han tomado acciones reparadoras (colaborar con la justicia, implementar reformas), o que las circunstancias geopolíticas han cambiado.

El trámite es sumamente engorroso y puede tardar años en resolverse[27]. Son muy pocos los casos en que OFAC accede a quitar un nombre de la lista: por lo general, solo ocurre cuando EE. UU. considera que la sanción ya no cumple los fines de su política exterior o de seguridad nacional, o si se demuestra la inocencia/rectificación del sancionado[28]. Un ejemplo reciente fue el del ex–presidente de Paraguay Horacio Cartes, quien fue incluido en 2023 acusado de “corrupción desenfrenada” y fue retirado de la lista alrededor de dos años después, al considerar EE. UU. que las sanciones “ya no eran compatibles” con sus objetivos políticos[29]. Casos así son excepcionales. En la mayoría de situaciones, los sancionados permanecen en la lista por tiempo indefinido, a menos que ocurra un cambio significativo.

En el caso hipotético de Gustavo Petro, salir de la lista OFAC sería extremadamente difícil mientras mantenga las mismas posiciones que ocasionaron su sanción. Tendría que evidenciar un viraje claro en la lucha contra el narcotráfico –o, políticamente, un cambio de gobierno podría influir– para que EE. UU. revalúe su designación. De presentarse una solicitud, esta podría tardar mucho en procesarse y, si es denegada, el sancionado podría intentarlo de nuevo tras un tiempo (no hay límite en teoría, pero repetir sin cambios sustanciales tiene pocas probabilidades de éxito). También es posible que, con el tiempo, cambios en la administración de EE. UU. o en la situación global lleven al Departamento del Tesoro a remover a alguien de oficio, si estiman que ya no sirve a sus intereses mantenerlo sancionado[28]. En cualquier caso, no existe un plazo fijo predeterminado para la duración de estas sanciones: pueden ser multianuales e incluso décadas, dependiendo de factores políticos y del comportamiento del individuo.

Ejemplos de políticos reconocidos sancionados por OFAC

A lo largo de las últimas décadas, varios líderes y figuras políticas de renombre internacional han sido incluidos en la lista OFAC por diversos motivos. A continuación, se enumeran algunos casos destacados y las razones de sus sanciones:

  • Nicolás Maduro (Presidente de Venezuela) – Sancionado por EE. UU. el 31 de julio de 2017, acusado de derivar a Venezuela hacia una dictadura, socavar la democracia y permitir violaciones de derechos humanos y narcotráfico. Su designación fue histórica, pues Maduro se convirtió entonces en el cuarto jefe de Estado extranjero sancionado personalmente por EE. UU., después de Bashar al-Ásad (Siria), Kim Jong-un (Corea del Norte) y Robert Mugabe (Zimbabue)[22]. Desde 2017, Maduro tiene bienes bloqueados y tiene prohibido el acceso al sistema financiero estadounidense, además de que se le ha negado el ingreso a EE. UU.[30][31].
  • Bashar al-Ásad (Presidente de Siria) – Incluido en la lista de sanciones de EE. UU. desde hace años por liderar un régimen responsable de crímenes de guerra y graves violaciones de derechos humanos durante la guerra civil siria. Sus activos y los de su círculo cercano están congelados y enfrenta un embargo amplio; figura entre los primeros mandatarios sancionados directamente por OFAC debido a la represión violenta en su país[22].
  • Kim Jong-un (Líder de Corea del Norte) – También en la lista de OFAC, sancionado por su programa nuclear y actividades que amenazan la seguridad global, así como por abusos contra los derechos humanos en su país. Las sanciones contra Kim y su cúpula buscan aislar económicamente al régimen norcoreano e impedirle financiar sus programas de armamento[22].
  • Robert Mugabe (expresidente de Zimbabue) – Fue sancionado por EE. UU. (y la Unión Europea) durante su mandato debido a corrupción rampante, fraude electoral y violaciones a los derechos humanos. Las sanciones contribuyeron a aislarlo internacionalmente; Mugabe figuró por años en la lista OFAC hasta después de dejar el poder[22].
  • Horacio Cartes (expresidente de Paraguay) – Designado por el Departamento del Tesoro de EE. UU. en 2023 bajo cargos de corrupción (acusado de participar en esquemas ilícitos y sobornos). Cartes sufrió congelamiento de activos y prohibición de negocios con entidades estadounidenses. Sin embargo, en 2025 EE. UU. decidió retirarlo de la lista, argumentando que las sanciones “ya no eran compatibles” con sus intereses de política exterior, tras cambios en el escenario político paraguayo[29]. Este caso demuestra que, aunque raro, es posible ser removido de la lista si las circunstancias cambian lo suficiente a juicio de EE. UU.

Otros ejemplos han incluido a figuras como Saddam Hussein (Irak, por invasión de Kuwait y patrocinio del terrorismo, antes incluso de la existencia formal de la “Lista Clinton”), Manuel Noriega (Panamá, por narcotráfico, sancionado y derrocado a fines de los 80), más recientemente altos funcionarios del gobierno de Irán o Rusia, e incluso vicepresidentes o familiares de mandatarios (por ejemplo, Rosario Murillo, vicepresidenta y primera dama de Nicaragua, sancionada por corrupción y abusos). Estos casos reflejan que Estados Unidos recurre a las sanciones OFAC contra políticos de alto perfil cuando considera que sus acciones representan amenazas graves – sea al sistema financiero internacional, a la seguridad de EE. UU. o a los derechos humanos y la democracia. En palabras del Tesoro, “el poder de las sanciones OFAC no solo está en agregar personas a la lista, sino en su disposición a removerlas si cambian su comportamiento”[25]. En definitiva, la OFAC es una herramienta de presión internacional: estar en su lista negra implica quedar financiera y diplomáticamente marginado, con el objetivo de forzar rectificaciones en la conducta que motivó la sanción.

Fuentes: La información anterior se apoya en comunicados oficiales del Departamento del Tesoro de EE. UU.[1][10], reportes de prensa internacionales[2] y análisis de medios colombianos de reconocimiento (El Espectador, El Colombiano) que explican el alcance de la Lista Clinton y las implicaciones para Gustavo Petro[12][15][7], así como antecedentes históricos de sanciones a líderes mundiales[22]. Estas fuentes confirman la veracidad de la sanción y detallan sus consecuencias legales, económicas y diplomáticas de manera integral.


[1] [10] [13] [14] [18] [19] [25] Treasury Sanctions Colombian President Gustavo Petro and His Support Network | U.S. Department of the Treasury

https://home.treasury.gov/news/press-releases/sb0292

[2]  U.S. sanctions Colombian President Gustavo Petro amid intensifying Trump feud - CBS News

https://www.cbsnews.com/news/us-trump-sanctions-colombia-president-gustavo-petro/

[3] [8] [12] [15] [16] [17] [20] [21] [23] [26] ¿Qué es y qué consecuencias tiene estar en la Lista Clinton? | EL ESPECTADOR

https://www.elespectador.com/mundo/america/que-es-y-que-consecuencias-tiene-estar-en-la-lista-clinton/

[4] [5] [6] [7] [11] [24] [27] [28] [29] Lista Clinton: las razones por las que una persona puede ser sancionada por EE. UU. y las implicaciones de esta medida

https://www.elcolombiano.com/internacional/lista-clinton-sanciones-eeuu-implicaciones-OH30158204

[9] Cómo opera la Lista Clinton y por qué afecta a Petro

https://nacioncolombia.com/lista-clinton-funcionamiento-petro/

[22] [30] [31] Nicolás Maduro - Wikipedia

https://en.wikipedia.org/wiki/Nicol%C3%A1s_Maduro



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